Derechos de las víctimas
El 4 de noviembre de 2008, los votantes de California aprobaron la Proposición 9. Esta medida modifica la Constitución de California. La enmienda incluye los derechos de las víctimas, ahora conocidos como la Ley de Marsy. La Fiscalía del Condado de Santa Clara implementará políticas y procedimientos que respeten legalmente estos derechos.
La carta de derechos de las víctimas de California concede a las víctimas de delitos el derecho a:
Dignidad, respeto y trato justo
Un trato justo y de respeto a la privacidad y dignidad de las personas. Que se eliminen las prácticas de intimidación, hostigamiento y abuso en el sistema de justicia penal para adultos y menores de edad.
Restitución
Que el tribunal considere y ordene una indemnización razonable por las pérdidas causadas por el delito, presentada por la víctima y/o su familia.
Protección del acusado y parte acusadora
Que se le proteja de manera razonable del acusado y sus representantes.
Rehusarse a ser entrevistado por la parte acusadora
Negar cualquier solicitud del acusado, abogado defensor o representante legal, para entrevistar, interrogar o requerir documentación de la víctima. En caso de que la víctima lo autorice, establecer las condiciones razonables para desahogar estas diligencias.
Prohibición de la divulgación de información confidencial de la víctima
El derecho a impedir la divulgación de los registros o la información confidencial que pudiera ser utilizada para localizar, u hostigar a la víctima o su familia o para obtener documentación confidencial sobre tratamientos médicos y asesoría, considerada por la ley como información privilegiada o confidencial.
Seguridad de la víctima/familia al fijar la fianza y las condiciones de puesta en libertad
La seguridad de la víctima y de su familia a la hora de decidir la cuantía de la fianza y las condiciones de puesta en libertad del acusado.
Un juicio expedito y resolución definitiva del caso
Tener un juicio expedito, en la medida de lo posible, y a una pronta y definitiva resolución del caso y de cualquier otro procedimiento relacionado posterior al fallo.
Presentarle al tribunal y/o al departamento de libertad condicional una Declaración sobre el impacto en la víctima
Brindar información al tribunal y al funcionario de libertad condicional que esté llevando a cabo la investigación previa a la sentencia sobre las consecuencias del delito que afectan a la víctima/familia, incluida también cualquier consecuencia que puede resultar de la sentencia y/o recomendaciones antes de que el acusado sea sentenciado.
Tener en cuenta la seguridad de la víctima, su familia y la sociedad en general a la hora de determinar las condiciones de libertad preparatoria y puesta en libertad del acusado
Tener en cuenta la seguridad de la víctima, su familia y la sociedad en general, antes de tomar cualquier decisión sobre la libertad condicional del acusado, previa o posterior a la sentencia.
Pronta devolución de los bienes
La pronta devolución de los bienes cuando ya no se necesiten como pruebas en los procesos judiciales.
CON PREVIA SOLICITUD:
Ser escuchado en todo proceso judicial en el que se discuta algún derecho de la víctima
Ser escuchado en todo proceso judicial, incluyendo los procesos de delincuencia juvenil, relacionado al fallo de libertad posterior a la detención, contestación a los cargos, lectura de la sentencia, fallo de libertad posterior a la sentencia o cualquier otro proceso judicial en el que se discuta algún derecho de la víctima.
Notificación del arresto del acusado, presentar cargos penales y propuesta para resolver el caso
Recibir una notificación con antelación razonable y a estar presente en todas las audiencias públicas en las que vayan a estar presentes el acusado y el fiscal, así como en todos los procesos judiciales posteriores a la puesta en libertad o de libertad preparatoria.
Notificación y presencia en todas las audiencias públicas
Que se le notifique con antelación razonable de parte de la Fiscalía sobre el arresto del acusado, los delitos por los que se le acusa y de hablar con el fiscal sobre las propuestas previas al juicio para resolver el caso.
Recibir el informe previo a la sentencia del departamento de libertad condicional
Recibir una copia del informe previo a la sentencia cuando esté a la disponibilidad del acusado, excepto las partes que sean confidenciales según la ley.
Notificación de la condena, sentencia y situación de custodia del acusado
Ser notificado de la condena, sentencia u otras condiciones de condena, lugar y tiempo de encarcelamiento, y la fecha prevista de puesta en libertad o cambio de custodia del acusado.
Notificación y presencia en las audiencias de libertad preparatoria y puesta en libertad del acusado
Ser notificado de todos los procedimientos de libertad preparatoria, asistir e intervenir en las audiencias de libertad preparatoria y recibir una notificación con antelación razonable de la fecha de libertad preparatoria del acusado, las condiciones de libertad preparatoria o la puesta en libertad.